35 AÑOS INTEGRANDO COOPERATIVAS
12/3/2012
Un fallo judicial respaldó sanción de INAES a una cooperativa

La Sala Contencioso Administrativa Nº 2 respaldó la sanción del INAES de dar de baja a una cooperativa que actuaba con precarización.

La Justicia confirmó una resolución del Instituto Nacional de Asociativismo (Inaes) que desmontó la cooperativa Huentala, utilizada como pantalla para precarizar el trabajo de hombres y mujeres en la industria que nuclea a la recolección y producción de aceitunas y sus derivados en Mendoza.

“Resulta claro que el supuesto asociado, era en realidad un trabajador. Que para acceder al empleo, cumplía con la formalidad de firmar una solicitud provisional de asociación. Pero que en los hechos no participaba de las asambleas, desconocía los estatutos (y por lo tanto sus derechos), no percibía aguinaldo ni vacaciones, y estaba sometido al régimen disciplinario de la empresa comercial para la que trabajaba”, sostuvo el fallo de la Sala Contencioso Administrativa N° 2.

El tribunal resolvió respaldar la decisión que el Inaes había tomado el 29 de diciembre de 2010, con la cual se le quitaba la autorización para funcionar a la Cooperativa Huentala. “Con su accionar, claramente desnaturalizó la figura cooperativa”, asweguró el fallo de los doctores Luis Márquez, María Caputi y José López Castiñeira.

A lo largo del fallo se dan a conocer una cadena de hechos que demuestran el claro ardid de enmascarar bajo una figura de la economía solidaria, un fraude laboral. La justicia ratificó que Huentala prestaba su cascarón jurídico para que firmas de renombre nacional esquivaran sus obligaciones patronales.

Las páginas del fallo son claras al explicar que “Huentala actuaba a través de contratos de locación de servicios, firmados con distintas empresas, operando como una mera intermediadora, proveedora de personal a terceros, modalidad que está expresamente prohibida en el artículo 40 de la ley 25.877”. Y agrega: “la administración y dirección de las tareas no se encontraban a cargo de la cooperativa y tanto los materiales y herramientas, como los regímenes disciplinarios eran provistos por las empresas contratantes”.

Los magistrados ratifican en su escrito que la creación de una cooperativa con el sólo objeto de diluir la responsabilidad del verdadero empleador constituye un claro fraude a la ley laboral. “En algunos casos (los trabajadores) eran obligados a asociarse a la cooperativa por las empresas en donde trabajaban, no participaban de las asambleas, no conocían a las autoridades y no permanecían en la entidad por un plazo mayor al año, ya que eran trabajadores golondrinas”.

Los verdaderos empleadores

El escrito firmado por los responsables de la Sala Contencioso Administrativo detalla, además, la lista de las empresas en las que estos trabajadores de temporada prestaban sus servicios: Tierras Coloradas SA, Mendoza Greens SA, El Retiro Mendoza SA, La Rioja SA, El Benteveo SA y Cordón de Plata SA. Esta última llegó al absurdo de asociar a los trabajadores a la cooperativa el mismo día en que iniciaron sus actividades laborales.

En el expediente judicial se encuentra adjunto un informe emitido por el Inaes luego de una inspección practicada en las instalaciones que Huentala posee en Mendoza. Allí se registra la encuesta practicada al azar a 6 socios de la misma. Todos tenían una antigüedad menor a los 6 meses. No se les había otorgado una copia del estatuto social, ni del reglamento interno. Percibían un “retorno” de acuerdo a lo que cada uno producía. No habían participado de ninguna asamblea. Tampoco conocían a las autoridades.


La mitad son golondrinas

Los trabajadores “golondrinas” se desempeña en el sector laboral informal, principalmente en el ámbito rural y bajo condiciones muy precarias, con escasa capacitación, participando en migraciones estacionales hacia zonas de cosecha. En la Argentina, la mayor demanda se origina en la actividad frutícola.

A mediados de 2011 se hizo público un paper del Inta y del Ministerio de Agricultura donde se indica que en un universo de aproximadamente un millón de trabajadores rurales, la mitad queda comprendida en la categoría de trabajadores temporales o golondrinas.

 

FUENTE: Diario Bae

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